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PERSONAS CON DISCAPACIDAD en el ejercicio de su CAPACIDAD JURÍDICA - SALUD MENTAL

    13 ) TEXTOS QUE ME AMPARAN: Nuestros derechos como afectados en Salud Mental. LEY 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. https://www.boe.es/buscar/pdf/2021/BOE-A-2021-9233-consolidado.pdf   PREÁMBULO I La presente reforma de la legislación civil y procesal pretende dar un paso decisivo en la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, tratado internacional que en su artículo 12 proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, y obliga a los Estados Partes a adoptar las medidas pertinentes para proporcionar a las personas con discapacidad acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica. El propósito

BIOÉTICA Y DERECHOS HUMANOS - SALUD MENTAL

  4 ) TEXTOS QUE ME AMPARAN UNESCO Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura División de la Ética de las Ciencias y de las Tecnologías - UNESCO, 2006 Sector de Ciencias Humanas y Sociales https://www.sergas.es/Asistencia-sanitaria/Documents/599/146180S.pdf   Artículo 5 Autonomía y responsabilidad individual Se habrá de respetar la autonomía de la persona en lo que se refiere a la facultad de adoptar decisiones, asumiendo la responsabilidad de éstas y respetando la autonomía de los demás. Para las personas que carecen de la capacidad de ejercer su autonomía, Artículo 6 Consentimiento 1. Toda intervención médica preventiva, diagnóstica y terapéutica sólo habrá de llevarse a cabo previo consentimiento libre e informado de la persona interesada, basado en la información adecuada. Cuando proceda, el consentimiento debería ser

CAUSAS QUE EXIMEN DE RESPONSABILIDAD CRIMINAL - Salud Mental

   12 ) TEXTOS QUE ME AMPARAN: En caso de sufrir un internamiento involuntario. LEY ORGÁNICA 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-A-1995-25444-consolidado.pdf CAPÍTULO II De las causas que eximen de la responsabilidad criminal Artículo 20. Están exentos de responsabilidad criminal: 1.º El que al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. El trastorno mental transitorio no eximirá de pena cuando hubiese sido provocado por el sujeto con el propósito de cometer el delito o hubiera previsto o debido prever su comisión.   CAPÍTULO III - De la desobediencia y denegación de auxilio Artículo 412. 3. La autoridad o funcionario público que, requerido por un particular a prestar algún  auxilio a que venga obligado por razón de su cargo para evitar un delito contra la vida de las  personas, se abstuviera de p

ATENCIÓN A LA SALUD MENTAL

    11 ) TEXTOS QUE ME AMPARAN: Como usuario del Sistema Nacional de Salud. REAL DECRETO 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. https://www.boe.es/buscar/pdf/2006/BOE-A-2006-16212-consolidado.pdf 7. Atención a la salud mental Comprende el diagnóstico y seguimiento clínico de los trastornos mentales, la psicofarmacoterapia, las psicoterapias individuales, de grupo o familiares (excluyendo el psicoanálisis y la hipnosis), la terapia electroconvulsiva y, en su caso, la hospitalización. La atención a la salud mental, que garantizará la necesaria continuidad asistencial, incluye: 7.1 Actuaciones preventivas y de promoción de la salud mental en coordinación con otros recursos sanitarios y no sanitarios. 7.2 Diagnóstico y tratamiento de trastornos mentales agudos y de las reagudizaciones de trastornos mentales crónicos, comprendiendo el tratamiento ambulatorio,

INTERNAMIENTO NO VOLUNTARIO POR TRASTORNO PSÍQUICO - Salud Mental

  10 ) TEXTOS QUE ME AMPARAN: En caso de sufrir un internamiento no voluntario en un  establecimiento de salud mental. LEY 1/2000, de 7 de enero, DE ENJUICIAMIENTO CIVIL. https://www.boe.es/buscar/pdf/2000/BOE-A-2000-323-consolidado.pdf   Artículo 763. Internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico. 1. El internamiento, por razón de trastorno psíquico, de una persona que no esté en  condiciones de decidirlo por sí, aunque esté sometida a la patria potestad o a tutela,  requerirá autorización judicial, que será recabada del tribunal del lugar donde resida la  persona afectada por el internamiento. La autorización será previa a dicho internamiento, salvo que razones de urgencia  hicieren necesaria la inmediata adopción de la medida. En este caso, el responsable del  centro en que se hubiere producido el internamiento deberá dar cuenta de éste al tribunal  competente lo antes posible y, en todo caso, dentro del plazo de veinticuatro horas, a los  efectos de que se p

DERECHOS Y GARANTÍAS - SALUD MENTAL

 9 ) TEXTOS QUE ME AMPARAN: Como usuario de la Sanidad y afectado de Salud Mental. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA . https://www.boe.es/buscar/pdf/1978/BOE-A-1978-31229-consolidado.pdf   Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas Artículo 17. 1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de  su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la  forma previstos en la ley. 2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para  la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo  caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o  a disposición de la autoridad judicial. 3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea  comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a  declarar. Se garanti

REQUISITOS ÉTICOS DE LA PRÁCTICA DE LA PSIQUIATRÍA

8 ) TEXTOS QUE ME AMPARAN: mis derechos como usuario de Salud Mental DECLARACIÓN DE MADRID SOBRE LOS REQUISITOS ÉTICOS DE LA PRÁCTICA DE LA PSIQUIATRÍA Aprobada por la Asamblea General de Madrid, España, del 25 de agosto de 1996 y  revisada por la Asamblea General de Yokohama, Japón, del 26 de agosto de 2002 https://www.1decada4.es/_recursos/enlaces_etica/Declaracion_Madrid.pdf 3. El paciente debe ser aceptado, por derecho propio, como un colaborador en el proceso terapéutico. La relación psiquiatra-enfermo debe basarse en la confianza y respeto mutuos, para permitir que el paciente tome decisiones libres e informadas. El deber del psiquiatra es proporcionar al paciente la información relevante para que pueda tomar decisiones lógicas de acuerdo con sus propios valores y preferencias. 4. Cuando el paciente esté incapacitado, no pueda hacerse un juicio adecuado como  consecuencia de un trastorno mental, tenga deficiencias graves o sea incompetente, el psiquiatra deberá consultar